SOMOS ABOGADOS LABORALES.
ESPECIALISTAS EN LA DEFENSA DE LOS DERECHOS DE LOS TRABAJADORES
Si eres una persona que trabaja por cuenta ajena, debes saber que las leyes te garantizan el cumplimiento de una serie de derechos, y el abogado laboral conoce dichos derechos.
Éstos están reconocidos por las normas y deben de ser amparados en todo caso por la justicia en el caso de ser violados. En este artículo se describen todos los derechos de los trabajadores, teniendo en cuenta estos ámbitos:
- Salud y seguridad en el trabajo: derechos y obligaciones generales, lugar y equipo de trabajo, riesgos específicos y trabajadores vulnerables
- Igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres: igualdad de trato en el trabajo, embarazos, permiso de maternidad, permiso parental
- Protección frente a la discriminación por motivos de sexo, raza, religión, edad, discapacidad u orientación sexual
- Derecho laboral: trabajo a tiempo parcial, contratos de duración determinada, horario laboral, empleo de jóvenes e información y consulta a los trabajadores.
El texto del Estatuto de los Trabajadores contiene una relación explícita de los derechos de los trabajadores, en su artículo número 4. En primer lugar todos los trabajadores tienen una serie de derechos básicos, que son:
- Trabajar y elegir con libertad su profesión u oficio.
- Sindicarse libremente.
- Negociación colectiva.
- Adoptar medidas de conflicto colectivo.
- Hacer huelga.
- Reunirse.
- Informarse, realizar consultas y participar de forma activa en la empresa.
Con respecto a la relación de trabajo, todos los trabajadores tienen derecho a:
- Derecho a la ocupación efectiva. Esto significa que el empresario tiene que proporcionar al trabajador el desempeño de unas funciones que vayan acordes a su puesto y categoría laboral.
- Derecho a la promoción y formación profesional en el trabajo, dentro de lo cual se incluye la adaptación del trabajador a las modificaciones realizadas en su puesto de empleo, así como el derecho al desarrollo de planes y acciones de formación que favorezcan su mayor empleabilidad.
- Derecho a no ser discriminados, ni de forma directa ni indirecta, para el empleo o una vez empleados, por razones de estado civil, sexo, edad (en los límites que marca el Estatuto de los Trabajadores), condición social, origen racial o étnico, convicciones, religión, orientación sexual, ideas políticas, afiliación (o no afiliación) a un sindicato, ni por causa de su lengua en el ámbito del Estado español. Los trabajadores tampoco pueden ser discriminados por razón de discapacidad, siempre que se hallen en condiciones que los hagan aptos para realizar el trabajo correspondiente.
- Derecho a su integridad física, y una política de seguridad e higiene adecuada.
- Derecho a la intimidad, y a la debida consideración de su dignidad, que comprende la protección ante el acoso por razón de religión o convicciones, origen étnico o racial, edad, discapacidad u orientación sexual. Los trabajadores tienen derecho también a ser protegidos frente al acoso laboral, sexual y por razón de sexo.
- Derecho a recibir puntualmente la remuneración pactada
o que se establezca legalmente.
- Derecho a ejercer individualmente las acciones que se deriven de su contrato laboral.
- Y finalmente, los trabajadores tienen
todos aquellos derechos que de forma específica se deriven de su contrato de empleo.
Pero si usted es trabajador o trabajadora debe conocer también todas las obligaciones que las leyes le atribuyen.
Puede consultarnos directamente en nuestro email de contacto si tiene dudas o cree que en su empresa le están vulnerando sus derechos.