Que puedo hacer Sequia

¿QUÉ PUEDO Y QUÉ NO PUEDO HACER DURANTE LA SEQUÍA?

USOS DEL AGUA PERMITIDOS, PROHIBIDOS, LIMITADOS O RESTRINGIDOS


Esta es una guía bastante completa de qué usos del agua están prohibidos durante la sequía,  y qué usos están sujetos a limitaciones o restricciones, así como la sanción que uno puede atraerse de no obedecerlos.


TODA SANCIÓN INJUSTA SE PUEDE RECURRIDA

Abogados Derecho Administrativo.

Acostumbrados a recurrir multas.

Mano agua
  • ¿Puedo llenar o rellenar la piscina?

    • No se puede llenar o rellenar las piscinas a partir de determinado tamaño.
    • Dependiendo del tamaño de la piscina puede atraerse una sanción de hasta 3.000€.
  • ¿Puedo regar el jardín?

    • No se pueden regar jardines, zonas verdes ni huertos, salvo contadas excepciones. 
    • Dependiendo del tamaño del jardín, zona verde o huerto puede atraerse una sanción de hasta 3.000€.
  • ¿Puedo regar mi huerto?

    • No se pueden regar jardines, zonas verdes ni huertos, salvo contadas excepciones. 
    • Dependiendo del tamaño del jardín, zona verde o huerto puede atraerse una sanción de hasta 3.000€.
  • ¿Puedo lavar el coche?

    • No puede gastar agua para lavar el coche.
    • Tendrá que hacerlo en un establecimiento comercial.
    • Puede atraerse una sanción de hasta 3.000€.
  • ¿Puedo limpiar la calle con agua?

    No puede emplear agua potable para la limpieza de calles, vías, senderos, aceras, escaparates, pavimentos, fachadas ni similares.

    Puede atraerse una sanción de hasta 3.000€.

  • ¿Puedo limpiar la acera?

    No puede emplear agua potable para la limpieza de calles, vías, senderos, aceras, escaparates, pavimentos, fachadas ni similares.

    Puede atraerse una sanción de hasta 3.000€.

  • ¿Puedo limpiar el escaparate de mi tienda?

    No puede emplear agua potable para la limpieza de calles, vías, senderos, aceras, escaparates, pavimentos, fachadas ni similares.

    Puede atraerse una sanción de hasta 3.000€.

  • ¿Puedo lavar la fachada de mi casa?

    No puede emplear agua potable para la limpieza de calles, vías, senderos, aceras, escaparates, pavimentos, fachadas ni similares.

    Puede atraerse una sanción de hasta 3.000€.

  • ¿Puedo usar agua para una fuente ornamental?

    • No se puede utilizar agua para llenar estanques, bases, lagos y ríos artificiales, fuentes ornamentales y otros elementos de uso estético o lúdico del agua.
    • Puede atraerse una sanción de hasta 3.000€.
  • ¿Hay límites al consumo de agua?

    • Durante la situación de sequía declarada hay límites al consumo de agua en las casas.
    • De no observar dicho límite pede atraerse una sanción de hasta 3.000€.
  • ¿Cuál es el límite al consumo de agua?

    • El límite al consumo de agua viene determinado por la situación declarada para tu domicilio durante la sequía.
    • Por cada situación se establece un límite máximo de consumo de agua por habitante.
    • Las situaciones pueden ser: Normalidad, Prealerta, Alerta, Excepcionalidad, Preemergencia y Emergencia.
  • ¿Cuáles son las situaciones en que puede estar un municipio en estado de sequía?

    Las situaciones pueden ser:

    • Normalidad
    • Prealerta
    • Alerta
    • Excepcionalidad
    • Preemergencia
    • Emergencia
  • ¿Quién declara la situación en que se encuentra cada municipio durante la sequía?

    En Catalunya la Agència Catalana de l'Aigua (ACA) es el organismo oficial que determina en qué situación de alerta se halla cada municipio de Catalunya.

  • ¿Cómo puedo saber en qué situación de alerta se halla mi municipio?

    Puedes consultarlo en nuestra página web, donde intentaremos tenerlo actualizado.


    Puedes saber en qué situación de alerta se halla tu municipio consultando El visor de la sequera de l'Agència Catalana de l'Aigua.

  • ¿Qué pasa si consumo más agua de la permitida?

    Atendiendo al límite de agua establecido y la cantidad de agua consumida de más puede atraerse una sanción de hasta 3.000€.

  • ¿Puedo destinar agua apta para el consumo humano para otros usos?

    Destinar agua apta para el consumo humano para otros usos cuando se active el escenario de emergencia puede suponer una multa o sanción de hasta 3.000€.

  • Si tengo un negocio que utiliza agua ¿puedo seguir realizándolo?

    Para poder llevar a cabo su negocio, en el caso que en el mismo se utilice agua, por lo general tendrá que confeccionar y cumplir con un plan de ahorro de agua, o haber introducido en su negocio los elementos de ahorro de agua pertinentes.


    Así por ejemplo, no se puede:

    • Mantener en funcionamiento un establecimiento de limpieza de vehículos que no disponga de sistema de recirculación del agua.
    • Suministrar agua con camiones cisterna u otro tipo de vehículo para una actividad que no esté permitida en esta Ordenanza.
    • Mantener en funcionamiento actividades comerciales que ofrecen servicios no permitidos en las ordenanzas municipales.
  • ¿Quién impone estas multas?

    • Por lo general, el órgano encargado de estas multas son los Ayuntamientos.
    • No obstante, también pueden potestad sancionadora otros órganos, como la Agencia Catalana de l'Aigua, la Generalitat (o sus equivalentes en otras Comunidades Autónomas) o el Estado, todo ello atendiendo a la norma infringida y al órgano competente para imponer sanciones atendiendo a la norma infringida.
  • ¿Qué normas imponen estas multas?

    Por lo general y por lo que tratamos en este artículo las multas vienen determinadas en las ordenanzas municipales.


  • ¿Qué son las ordenanzas municipales?

    Las ordenanzas municipales (sin entrar en mucho detalle) son un tipo de norma que emiten los Ayuntamientos.

    En lo que se refiere al uso de agua en cada municipio regirá la ordenanza municipal de ese municipio.

    E igualmente en lo que se refiere al uso del agua, por ahora nos encontramos con dos tipos de ordenanzas municipales:

    • Las ordenanzas que regulan mecanismos para ahorro del agua, como por ejemplo requisitos que deben cumplir las nuevas edificaciones e industrias.
    • Y las ordenanzas que regulan el uso del agua potable y las prohibiciones, limitaciones y restricciones de su consumo en casos excepcionales como la sequía.
  • ¿Todos los Ayuntamientos tienen una ordenanza municipal sobre el uso del agua?

    No todos los Ayuntamientos tienen una ordenanza municipal sobre el uso del agua, pero atendida la situación de crisis del agua que estamos atravesando casi todos (por no decir todos) los Ayuntamientos están trabajando en la elaboración y aprobación de su propia ordenanza municipal.

  • ¿Cómo puedo saber si mi Ayuntamiento ha aprobado una Ordenanza municipal sobre el uso del agua potable?

    Puedes saber si tu Ayuntamiento ha aprobado una Ordenanza municipal sobre el uso del agua potable accediendo a la página web de tu Ayuntamiento, o bien llamando por teléfono a tu Ayuntamiento.

  • Situación de normalidad

    No hay prohibiciones, restricciones ni limitaciones al consumo del agua salvo las normales y usuales del uso racional del agua.


  • Situación de Pre-alerta

    • Se detectan evidencia de sequía y se activan medidas preventivas. Se intensifica el seguimiento y recopilación de información de los usuarios y se activan recursos no convencionales.
    • Se declara cuando las reservas descienden por debajo del 60%.
  • Situación de Alerta

    Escenario de alerta (40% de las reservas)

    Se implantan medidas de ahorro en los distintos usos del agua:

    • Reducción de la dotación de riego agrícola en un 25% o la sustitución de parte de los caudales destinados a riego agrícola por aguas regeneradas.
    • Reducción del 5% de los consumos de agua de usuarios industriales.
    • Reducción del consumo de agua en los usos recreativos (5% en usos asimilables a urbanos y 25% en riego).
    • Reducción de las dotaciones para riego de parques y jardines; prohibición de llenado de fuentes ornamentales, lagos artificiales etc. y de mangas de agua para limpieza de calles, fachadas, vehículos, etc.
    • Se establecen limitaciones al llenado parcial de piscinas de agua dulce (ver medidas específicas).
    • Se establece una dotación máxima de 250 litros por habitante y día.
  • Situación de Excepcionalidad

    Escenario de excepcionalidad (25% de las reservas)


    • Reducción de la dotación de riego agrícola en un 40% o la sustitución de parte de los caudales destinados a riego agrícola por aguas regeneradas.
    • Reducción del 15% de los consumos de agua de usuarios industriales.
    • Reducción del consumo de agua en los usos recreativos (15% en usos asimilables a urbanos y 50% en riego).
    • Queda prohibido el uso de agua para el riego de jardines y zonas verdes de carácter público o privado (excepto el riego de supervivencia de árboles o plantas que se hará gota oa gota o en regadera).
    • Queda prohibido el riego de césped en todos los casos, excepto en superficies destinadas a práctica federada de deporte, o aquel riego que se haga reutilizando aguas de lluvia recogidas de los tejados o agua regenerada de las depuradoras.
    • Se prohíbe la limpieza de calles, alcantarillado, pavimentos, fachadas o edificios con agua potable.
    • Se establecen limitaciones al llenado y rellenado de piscinas (ver medidas específicas).
    • Se establece una dotación máxima de 230 litros por habitante y día.
  • Situación de Preemergencia o Pre-emergencia

    • Reducción de la dotación de riego agrícola en un 40% o la sustitución de parte de los caudales destinados a riego agrícola por aguas regeneradas.
    • Reducción del 15% de los consumos de agua de usuarios industriales.
    • Reducción del consumo de agua en los usos recreativos (15% en usos asimilables a urbanos y 50% en riego).
    • Reducción del 30% en usos ganaderos. 
    • Queda prohibido el uso de agua para el riego de jardines y zonas verdes de carácter público o privado (excepto el riego de supervivencia de árboles o plantas que se hará gota oa gota o en regadera).
    • Queda prohibido el riego de césped en todos los casos, excepto en superficies destinadas a práctica federada de deporte, o aquel riego que se haga reutilizando aguas de lluvia recogidas de los tejados o agua regenerada de las depuradoras.
    • Se prohíbe la limpieza de calles, alcantarillado, pavimentos, fachadas o edificios con agua potable.
    • Se establecen limitaciones al llenado y rellenado de piscinas (ver medidas específicas).
    • Se establece una dotación máxima de 210 litros por habitante y día.
  • Situación de Emergencia

    Escenario de emergencia (16% de las reservas)


    En los sistemas regulados se establecen 3 estadios, con una dotación máxima de consumo por persona y día en cada caso (incluye actividades económicas y comerciales):


    • EMERGENCIA I a 200 litros persona y día
    • EMERGENCIA II a 180 litros persona y día
    • EMERGENCIA III a 160 litros persona y día

     


    En los sistemas no regulados, se establece una única dotación máxima para la emergencia de 200 litros persona y día.


     


    El uso del agua para abastecimiento de la población quedará sometido a todas las limitaciones de las fases de Alerta y Excepcionalidad con los siguientes añadidos con carácter general:


    • Supresión del riego agrícola en un 80% (se podrá autorizar sólo el riego de supervivencia de cultivos leñosos).
    • Reducción del uso del agua para usos ganaderos del 50%.
    • Reducción del 25% de los consumos de agua de usuarios industriales.
    • Reducción del consumo de agua en los usos recreativos (25% en usos asimilables a urbanos)
    • Las administraciones locales, a través de sus planes de emergencia, pueden establecer limitaciones/prohibiciones adicionales al uso del agua en instalaciones deportivas, públicas/privadas y en espacios lúdicos.
    • Los usuarios no doméstico aplicarán las medidas previstas en los planes de ahorro municipales/sectoriales.
    • Supresión total del riego para usos privados y/o recreativos, salvo las excepciones establecidas por el Gobierno y que se explican a continuación.

    MEDIDAS ESPECÍFICAS EN SISTEMAS REGULADOS

    Los sistemas regulados en las cuencas internas de Cataluña incluyen todos aquellos municipios que forman parte de las siguientes unidades de explotación:


    9. Embalse de Darnius – Boadella

    10. Embalses Llobregat

    12. Embalses Ter

    13. Embalses Ter – Llobregat


    En términos generales se declara cuando las reservas descienden por debajo del 16%.


    Se generalizan, ante la carencia de recursos hídricos, las restricciones a todos los usos para garantizar el abastecimiento para el consumo humano con carácter prioritario.

Si ha sido sancionado por un consumo excesivo de agua déjenos ponernos en contacto con usted, a través del siguiente formulario

Maymó Advocats

C/Floridablanca 121, 08011 BARCELONA

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