Oferta Vinculante Confidencial
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Reclamación de 2.000€ a 5.000€:
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Maymó Advocats - 4/4/2025 - Tiempo de lectura: 1 minuto
Según el artículo 17 de la Ley Orgánica 1/2025, que modifica la Ley de Enjuiciamiento Civil, tienes el plazo de un mes para responder la oferta vinculante confidencial.
No obstante, cabe la posibilidad que quien te ha enviado la oferta haya establecido un plazo más largo.
Por tanto, la Oferta Vinculante Confidencial deberá responderse en un mes, o en el plazo más largo que nos haya concedido el oferente.
El plazo se cuenta desde la recepción de la Oferta Vinculante Confidencial, o desde que legalmente el destinatario de la oferta debía haber quedado enterado de ella.
No obstante hemos de hacer una advertencia muy importante: Si la oferta vinculante confidencial se ha enviado mediante burofax el plazo se contará desde que hubiéramos debido recoger el burofax, aunque no lo hayamos recogido. Lo que significa que si no recogemos el burofax hay el peligro que nos tengan por enterados de la oferta aunque en realidad no la hayamos recibido.
En nuestro bufete de abogados, contamos con un equipo especializado en el envío de burofax y en la defensa de tus derechos.
Guía práctica Oferta Vinculante Confidencial
¿Es obligatorio responder una oferta vinculante confidencial?
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